Sitios Destacados





Asociación de Arquitectos
Tasadores de Chile

Domingo 18 de Mayo de 2008
¿Puede mi casa acogerse al DFL2?

Señores de Propiedades:

Soy propietario de una casa antigua de una superficie superior a los 1.000 m{+2}, la cual tengo arrendada a distintas familias. Me han informado que puedo recepcionarla acogiéndola a la ley DFL 2 y poder venderla en forma separada.

¿Es posible hacerlo a pesar de ser tan antigua y no haber papeles municipales?

Rodolfo Méndez R.

RESPONDE Juan Carlos Valdivia Germain, abogado y corredor de propiedades Acop- CNSI:

Como regla general, no es posible acoger las viviendas al DFL 2 con posterioridad de la recepción final municipal de ellas.

Pero, excepcionalmente, según las disposiciones contenidas en la ley N° 19.021 del año 1991, se amplió el campo de aplicación del DFL 2, para incorporar propiedades ya construidas a los beneficios de dicha norma, sin importar la antigüedad del inmueble ni que no se disponga de antecedentes municipales.

En efecto, se establece en dicha ley que pueden ser beneficiados al DFL 2 todos aquellos inmuebles ya construidos, que al ser alterados o reparados se transformen en viviendas de una superficie no superior a 140 metros cuadrados por unidad.

En tal caso, debe cumplirse con las normas legales contenidas en la Ley General de Urbanismo y su respectiva ordenanza.

Para realizar los trámites adecuados, es necesario acreditar el dominio de la propiedad y contratar los servicios profesionales de un arquitecto para confeccionar los planos y gestionar los permisos y recepción de las obras en la Dirección de Obras Municipales donde está ubicado el inmueble.

¿Puede mi casa acogerse al DFL2?
Breves
Fotonoticia
Las funciones del conserje

Qué hacer para FRENAR EL FRÍO
Vende en Tribeca

Para acceder a cualquiera de las ediciones del "Cuerpo F, Propiedades" de El Mercurio de los últimos tres meses, simplemente escoja la fecha en el siguiente menú:
. .
 
Términos y Condiciones de los servicios · ©2002 El Mercurio Online